domingo, 9 de diciembre de 2012

Errores comunes a la hora de formalizar un contrato de arrendamiento de vivienda



Buenas tardes,

En esta entrada os voy a comentar cuales pueden ser los errores que podemos cometer a la hora de firmar un contrato de arrendamiento de vivienda y como evitarlos.



Lo primero debemos leer detenidamente el contrato y si no estamos de acuerdo en alguna cosa comentársela a la otra parte.


A primera impresión quizá nos parezcan todos los contratos similares, pero debemos saber que cada contrato puede contener clausulas especificas, por ejemplo; unos fijan la obligación de hacer un aval bancario para entregar las llaves, otros repercuten sobre el arrendatario el pago de la cuota de la comunidad de vecinos y otros se realizan de forma verbal, aunque no son muy comunes.

Debemos saber que en ciertos casos no se toman las precauciones necesarias a la hora de firmar el contrato y una de las partes resulta perjudicada, e incluso las dos.

Hoy en día cada vez estamos mas al loro y nos fijamos mejor en lo que compramos y somos cada vez más precavidos cuando tenemos que tomar decisiones que afectan a nuestra economía, y ponemos como ejemplo el arrendar un piso. Aunque toda precaucion es poca puesto que siempre se nos escapa algo y terminamos cometiendo algún que otro error que luego pagamos caro.

Uno de los errores que podríamos cometer es no comprobar que el arrendador sea el verdadero propietario de la vivienda, puesto que algunas veces son personas ajenas al piso o familiares del titular los que intentan arrendar la casa.

Puede ocurrir que tras una sentencia judicial de divorcio o como consecuencia de una herencia, la vivienda ya no pertenezca al titular que en su momento ostentaba la propiedad o parte de ella y por tanto no tiene el derecho de alquilarla.

Para evitar engaños y no llevarnos ningún tipo de sorpresa conviene consultar previamente los archivos del Registro de la Propiedad. Para eso basta con pedir una nota simple que, por un precio aproximado de 3 euros, revela si quien figura como propietario es la persona que pone el piso en alquiler.
Podría ocurrir que se tratara de un subarrendamiento y  que la casa esté ya alquilada por otra persona y cuando llegue el nuevo inquilino se encuentre a gente viviendo en el piso.

Aunque la ley daría razón al arrendatario que ha sido engañado  quizá ya ha realizado algún pago y recuperar el dinero puede tardar cierto tiempo.
Otra cosa que debemos tener en cuenta es que si el contrato de alquiler lo hacemos mediante una agencia inmobiliaria debemos preguntar si los gastos corren a cuenta del propietario que es lo mas lógico o que nosotros también los debemos pagar ya que podía darse el caso.

Según como están las cosas hoy en dia los arrendadores prefieren alquilar sus pisos por un precio bajo que tenerlos vacios sin poder percibir ningún ingreso económico por ellos y no poder sacarles partido.
Ante todo lo que buscan es seguridad y si ven que somos el perfil indicado podemos intentar que nos rebajen el precio del alquiler con el finde no causarles problemas y transmitirles cierta seguridad.
También existe la opción de formalizar el contrato verbalmente pero no es recomendable ya que las palabras se las lleva el viento y a la hora de hacer algún inciso o especificar ciertas cosas es mas difícil el poder demostrarlo.
Si alguna de las partes obra con mala fe, puede perjudicar a la otra y la otra lo va a tener difícil para defenderse puesto que no existe nada escrito ni firmado. Haya cada uno aunque la ley si permite los contratos verbales.


Por lo general si se suelen leer los contratos pero no prestamos tanta atención a todas las clausulas y damos por hecho que las cláusulas incluidas son las que se habían acordado de antemano. Hay que andar con cuidado porque el arrendador siempre prepara el contrato a su favor y puede que oculte alguna cosa que se haya hablado.

A veces el arrendador no se toma muchas molestias en crear un nuevo contrato y coge un modelo general y es cuando puede pasar que falten clausulas.
Los expertos recomiendan firmar todas y cada una de las hojas del contrato.
Para que después no existan modificaciones en las clausulas y nadie pueda ser perjudicado.

Si el arrendador le informa al arrendatario de que la vivienda tiene algún desperfecto y el arrendatario acepta ir a vivir a esa vivienda tiene que ver que eso este incluido en el contrato, si el arrendador no le informa caeríamos en vicios ocultos y podría ser sancionado el arrendador.
Porque si no se refleja en el contrato el propietario puede decir que esos desperfectos los ha causado el arrendatario o que no va a repararlos el.
También debemos hacer inventario y ver que muebles se encuentran en el piso antes de entrar a vivir en el para que no ocurran conflictos después.
También debemos fijarnos en que en el contrato aparezca la manera en que se van a abonar las mensualidades del alquiler.
Se puede hacer mediante ingreso en cuenta bancaria o en mano al propietario el cual deberá confeccionar un recibo como justificante de pago.

El arrendador nos puede pedir también un aval para asegurarse que le vamos a pagar pero no es aconsejable depositar grandes cantidades y dejarlas inmovilizadas en una cuenta bancaria porque quizá en un futuro queramos cambiar de piso por circunstancias y podemos perder el dinero.

FUENTE.

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