sábado, 24 de noviembre de 2012
¿Que ofrece la Dación en pago?
Dación en pago:
vivir de alquiler en el piso entregado al banco
Hoy voy a hablaros de la dación en pago que ofrecen algunas entidades, para que tengamos constancia de lo que es y quienes pueden tener opción a ella.
Las personas
que sean deudoras de una hipoteca concertada con una entidad bancaria tendrán derecho
a estar durante dos años en alquiler con una renta equivalente al 3% de la
deuda.
Las personas que estén en riesgo de exclusión social
tienen opción de alquilar el piso que han entregado al banco para pagar su
hipoteca.
Este tipo de alquiler se acuerda con un proceso de
reestructuración de la deuda para intentar liquidar la hipoteca. Para que se de este tipo de
alquiler las entidades han tenido que aceptar la dación en pago y se han tenido que adherir al
Código de Buenas Prácticas Bancarias. La mayoría de las veces, la mensualidad
suele ser una renta inferior a 500
euros.
Hasta el momento, las familias que no hubieran podido afrontar el pago de
su hipoteca ni la reestructuración daba pie a que perdieran su vivienda.
Gracias a las nuevas medidas acordadas entre el Gobierno español y las
entidades financieras, la dación en pago que consiste en entregar el piso para
saldar la deuda y el acceso al alquiler por un tiempo ilimitado de la misma
vivienda, son un derecho para las familias que estén en una situación económica complicada.
Hasta el momento, la dación en pago solo era posible por acuerdo entre
partes y no incluía la obligatoriedad de dar el piso en alquiler al antiguo propietario.
Un dato importante es que si no pagamos alguna cuota del alquiler tendremos
unos intereses de mora del 20% por cada cuota impagada.
El importe del alquiler no se determina por los precios de mercado, se
calcula sobre la deuda pendiente.
Otro requisito será el de carecer de otros bienes con los que hacer frente
a la deuda, y estos desempleados podrán evitar el procedimiento
de desahucio de sus pisos cuando no sean superiores a los 200.000 euros.
El Código de Buenas Prácticas hace que no tengamos que pagar las cuotas de
la hipoteca por problemas de pago y permite la dación en pago como último
recurso.
Los deudores que cumplan los requisitos podrán
solicitar una reestructuración de
su deuda hipotecaria que haga viable su pago.
En última instancia y en el caso de que el deudor
vuelva a caer en impago una vez reestructurada la deuda podrá solicitar
la dación en pago de la vivienda.
Esto cancelará la deuda por completo, las responsabilidades
personales del deudor y avalistas, y habilitará la permanencia en el piso bajo
régimen de alquiler por al menos dos años.
En mi opinión es una buena opción
para las personas que verdaderamente se han visto afectadas gravemente por la
crisis económica y no puedan sostener esas hipotecas tan grandes que
contrataron hace años.
El problema es que esta
medida habría que ver que entidades bancarias la ofrecen porque si en el
contrato no especifica nada el banco no tiene por qué ofrecer esta opción, quizá
algunas entidades si la ofreciesen en su día pero no creo que fuesen
demasiadas.
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